"Asimismo
el Sr. Fernández, con total despreocupación por el destino del
dinero público, ni ordenaría, ni supervisaría, que en las ayudas
otorgadas por sus Directores Generales se constituyeran comisiones de
seguimiento que contemplaba el referido Convenio Marco para comprobar
el fin dado a las mismas por parte de los beneficiarios, lo cual se
ha traducido en que una buena parte de estas subvenciones encubiertas
se hayan utilizado, por la ausencia de control por parte de la
Administración de la que el Sr. Fernández sería uno de los
presuntos responsables, para el enriquecimiento personal de sus
perceptores, extremo del que fue conocedor y consentidor el imputado
Antonio Fernández, quien no iniciaría ninguna actuación para el
reintegro de los fondos ilegalmente percibidos
Tales
incumplimientos serían:
1 La
ausencia de aprobación por parte del Consejo Rector del IFA de
operaciones cuyo compromiso de gasto, pago o riesgo hubieran sido
superiores a los 75 millones de pesetas (450.759€). Ninguna de
ellas se sometió a la aprobación del citado Consejo Rector durante
el tiempo en que D. Antonio Fernández fue Presidente del IFA que es
quien tenía que
proponer la referida aprobación. Y nos referimos a multitud de
ayudas a entidades tales como Corchos de Cazalla S.L., Corchos y
Tapones de Andalucía, Fábrica San Carlos S.A., Hijos de Andrés
Molina, Hitemasa, Hotel Málaga Palacio S.A., Iamasa, Jerez
Industrial, Matadero de la Sierra Morena, Compañía Andaluza de
Minas a la que se le concedió una ayuda de mas de 2 millones de
euros, Boliden Alpirsa, a la que se le concedió una ayuda de mas 39
millones de euros, Matadero Fuenteobejuna, Yogures Andaluces,
Refractarios Guadalcanal, Comercial Alimentaria Dhul, a la que se le
concedió una ayuda de más de 7 millones de euros, Industrias del
Guadalquivir quién recibió dos ayudas concedidas en 2001 y 2002,
por importe total de 3.968.925,01 euros, y el Servicio 112
(s.e.u.o.).
En
otro orden de cosas, el imputado D. Antonio Fernández García
propició de forma indiciaria, la concentración de un elevadísimo
número de ayudas
directas a empresas por
la sola razón de que las mismas, sus titulares o socios, pertenecían
al ámbito personal o político del PSOE andaluz. De esta forma con
absoluto olvido del principio de buena administración y de igualdad
de oportunidades y en definitiva de la máxima de servir con
objetividad al interés general, el inculpado permitió durante su
etapa como Viceconsejero y Consejero que se favoreciera
desmesuradamente a empresarios de una determinada zona de la
provincia de Sevilla, la comarca de la Sierra Norte, consintiendo la
utilización de fondos públicos por dichas motivaciones
absolutamente ilegítimas, en detrimento del resto de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. "
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